ĀæQuĆ© profesiĆ³n debe prestar servicios de ejercicio fĆsico para la salud?
- Consejo COLEF
- 25 jun 2020
- 15 Min. de lectura
Actualizado: 15 ene 2024

LOS/AS EDUCADORES/AS FĆSICO DEPORTIVOS/AS SON QUIENES TIENEN COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES LEGALES PARA PRESTAR SERVICIOS DE EJERCICIO FĆSICO PARA LA SALUD
Cuando se ofertan servicios de ejercicio en personas que requieran especial atenciĆ³n, en razĆ³n a la edad, capacidad fĆsica o psĆquica, patologĆas, circunstancias sociales o vinculadas a la salud, es irresponsable pensar que con un curso de unas pocas horas, de enseƱanza no reglada, es suficiente para adquirir competencias de intervenciĆ³n cientĆfico-tĆ©cnica en ejercicio fĆsico que puedan sustituir a una carrera universitaria de cuatro aƱos, como es Ciencias de la Actividad FĆsica y del Deporte, exclusivamente dirigida a adquirir competencias cientĆfico-tĆ©cnicas para la intervenciĆ³n y direcciĆ³n de la actividad fĆsica, la educaciĆ³n fĆsica y el deporte para toda la poblaciĆ³n.
Ante la proliferaciĆ³n de formaciones sobre ejercicio fĆsico, en algunos casos camuflado bajo el tĆ©rmino de ejercicio terapĆ©utico, tanto por parte de academias como por parte de instituciones, e incluso de corporaciones colegiales representantes de profesiones no propias de la educaciĆ³n fĆsica, la actividad fĆsica y el deporte, este Consejo General recuerda que las enseƱanzas no regladas no habilitan profesionalmente para ejercer una profesiĆ³n.
El sistema educativo ya contempla diferentes niveles de cualificaciĆ³n desde los que emprender una ocupaciĆ³n o actividad profesional, y el Estado acredita mediante un tĆtulo oficial o un certificado de profesionalidad que se cuenta con las competencias necesarias para poder ejercer. AdemĆ”s, es necesario que exista proporcionalidad entre el nivel de cualificaciĆ³n y los requisitos cientĆfico-tĆ©cnicos del servicio a prestar.
No se debe permitir que la formaciĆ³n no reglada suplante a la necesaria formaciĆ³n inicial. Las personas tituladas o certificadas pueden seguir formĆ”ndose a travĆ©s de las enseƱanzas no regladas como complemento necesario para el desarrollo profesional continuo. Dichas enseƱanzas no regladas, en ningĆŗn caso suponen la base para poder ofrecer servicios de educaciĆ³n fĆsica, actividad fĆsica y deporte a la ciudadanĆa, ni tampoco sustituyen a los conocimientos y destrezas que proporcionan las titulaciones acadĆ©micas oficiales y su correspondiente nivel de cualificaciĆ³n.
SOBRE EL ĆMBITO DE LA SALUD Y EL EJERCICIO
El grado en Ciencias de la Actividad FĆsica y del Deporte (CAFyD) es la titulaciĆ³n acadĆ©mica oficial, de formaciĆ³n inicial, mĆ”s especĆfica y amplia, la Ćŗnica que que prepara con un nivel de cualificaciĆ³n cientĆfico-tĆ©cnico para la intervenciĆ³n y direcciĆ³n de la actividad fĆsica, la educaciĆ³n fĆsica y el deporte. Es la que da acceso a la profesiĆ³n de educador/a fĆsico deportivo/a. Sus Ć”reas de competencia estĆ”n definidas en la ResoluciĆ³n de 18 de septiembre de 2018, de la SecretarĆa General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Universidades de 17 de septiembre de 2018, por el que se establecen recomendaciones para la propuesta por las universidades de memorias de verificaciĆ³n del tĆtulo oficial de Grado en Ciencias de la Actividad FĆsica y del Deporte (BOE-A-2018-12774) y comprenden las siguientes Ć”reas de competencia:
IntervenciĆ³n educativa.
PrevenciĆ³n, adaptaciĆ³n y mejora del rendimiento fĆsico-deportivo y de la salud mediante la condiciĆ³n fĆsica y el ejercicio fĆsico.
PromociĆ³n de hĆ”bitos saludables y autĆ³nomos mediante actividad fĆsica y deporte.
IntervenciĆ³n mediante las manifestaciones del movimiento humano.
PlanificaciĆ³n, evaluaciĆ³n y direcciĆ³n-organizaciĆ³n de los recursos y la actividad fĆsica y deporte.
MĆ©todo y evidencia cientĆfica en la prĆ”ctica.
DesempeƱo, deontologĆa y ejercicio profesional en el contexto de las intervenciones.
En el Ć”mbito de la salud, las competencias recogidas en la ResoluciĆ³n de CAFyD mencionada han sido reconocidas por el Ministerio de Sanidad: āLos Educadores/as FĆsico Deportivos/as pueden dirigir, supervisar y evaluar la prĆ”ctica de ejercicio fĆsico, adaptado a las caracterĆsticas, necesidades y preferencias de estas personas [de cualquier edad que tengan algĆŗn problema de salud, aquellas con diversidad funcional o con capacidades diferentes], contribuyendo a la adherencia a las prescripciones de los profesionales sanitarios y al mantenimiento de la prĆ”ctica de la actividad fĆsica regular".
AdemĆ”s, varias Comunidades AutĆ³nomas han regulado el acceso al ejercicio profesional en el deporte (ver Anexo). Son ya nueve las que especifican de forma clara y especĆfica que la prestaciĆ³n de servicios de ejercicio fĆsico para la salud debe realizarse por profesionales que cuenten con la titulaciĆ³n universitaria en Ciencias de la Actividad FĆsica y del Deporte.
En este sentido, cuando se prestan servicios de ejercicio fĆsico en personas que requieran especial atenciĆ³n, en razĆ³n a la edad, capacidad fĆsica o psĆquica, patologĆas, circunstancias sociales o vinculadas a la salud, que precisamente es cuando mĆ”s se necesita la individualizaciĆ³n, la persona prestadora del servicio debe ser lo mĆ”s competente posible y ofrecer las mĆ”ximas garantĆas a la ciudadanĆa, con el fin de que el servicio sea de calidad, seguro, eficaz y coadyuvante a los tratamientos de carĆ”cter sanitario. Por eso es irresponsable pensar que con un curso de unas pocas horas, de enseƱanza no reglada o con una experiencia no acreditada positivamente por un organismo oficial, es suficiente para adquirir competencias de intervenciĆ³n cientĆfico-tĆ©cnica en ejercicio fĆsico que puedan sustituir a una carrera universitaria de cuatro aƱos, como es Ciencias de la Actividad FĆsica y del Deporte, exclusivamente dirigida a adquirir competencias cientĆfico-tĆ©cnicas para la intervenciĆ³n y direcciĆ³n de la actividad fĆsica, la educaciĆ³n fĆsica y el deporte para toda la poblaciĆ³n.
ANEXO
REGULACIĆN PROFESIONAL AUTONĆMICA Y PRESTACIĆN DE SERVICIOS EN EJERCICIO FĆSICO PARA LA SALUD
modificada por Ley 7/2015, de 14 de mayo, de modificaciĆ³n de la Ley 3/2008, del ejercicio de las profesiones del deporte.
ArtĆculo 4. Los monitores deportivos.
1. La profesiĆ³n de animador o animadora o monitor o monitora deportivo profesional de un determinado deporte permite ejercer funciones de instrucciĆ³n deportiva, formaciĆ³n, animaciĆ³n, acondicionamiento fĆsico, mejora de la condiciĆ³n fĆsica, control y demĆ”s funciones anĆ”logas respecto a las personas que aprenden y practican dicho deporte, si esta prĆ”ctica no estĆ” enfocada a la competiciĆ³n deportiva
[...]
4. Para ejercer la profesiĆ³n de animador o animadora o monitor o monitora deportivo profesional en actividades fĆsicas y deportivas con personas que requieren una especial atenciĆ³n ādeportistas en edad escolar, personas mayores de sesenta y cinco aƱos, personas con alguna discapacidad fĆsica o psĆquica, personas con problemas de salud y similaresā se requiere alguna de las siguientes titulaciones:
a) La licenciatura en ciencias de la actividad fĆsica y del deporte o el correspondiente tĆtulo de grado.
b) El tĆtulo de maestro o maestra de primaria, con la especialidad en educaciĆ³n fĆsica o el correspondiente tĆtulo de grado si la actividad se ejerce con niƱos en el marco de las actividades de deporte escolar.
c) El tĆtulo de tĆ©cnico o tĆ©cnica superior en animaciĆ³n de actividades fĆsicas y deportivas, con formaciĆ³n o experiencia adecuadas a las actividades de que se trate.
ArtĆculo 6. Los directores deportivos.
1. La profesiĆ³n de director o directora deportivo permite ejercer el conjunto de actividades profesionales relacionadas con la promociĆ³n, la direcciĆ³n, la gestiĆ³n, la programaciĆ³n, la planificaciĆ³n, la coordinaciĆ³n, el control y la supervisiĆ³n, y funciones anĆ”logas, en centros, servicios y establecimientos deportivos, tanto de titularidad pĆŗblica como privada, aplicando los conocimientos y las tĆ©cnicas propios de las ciencias del deporte. Dicha actividad, que tambiĆ©n puede incorporar en algunos casos funciones instrumentales de gestiĆ³n, no requiere la presencia fĆsica del director o directora deportivo en el ejercicio de las actividades deportivas.
[...]
7. Si la actividad profesional de director o directora deportivo se ejerce en centros que organizan actividades fĆsicas y deportivas para personas que requieren una especial atenciĆ³n ādeportistas en edad escolar, personas mayores de sesenta y cinco aƱos, personas con alguna discapacidad fĆsica o psĆquica, personas con problemas de salud y similaresā, se requiere alguna de las siguientes titulaciones:
a) La licenciatura en ciencias de la actividad fĆsica y del deporte o el correspondiente tĆtulo de grado, con formaciĆ³n o experiencia en la actividad de que se trate.
b) El tĆtulo de tĆ©cnico o tĆ©cnica superior en animaciĆ³n de actividades fĆsicas y deportivas, con formaciĆ³n o experiencia en la actividad de que se trate.
ArtĆculo 18. TĆ©cnicos profesionales.
1. [...] Se establecen, a los efectos de la presente ley, las siguientes categorĆas de tĆ©cnicos profesionales:
[...]
e) Educador fĆsico.
El educador fĆsico planifica y pondera el ejercicio fĆsico en los programas y actividades relacionados de manera especĆfica con el envejecimiento activo y destinados a reducir la prevalencia de la inactividad fĆsica, vinculados a incorporar la vida activa a las actividades cotidianas y a la mejora del potencial de bienestar fĆsico.
Para ejercer la profesiĆ³n de educador fĆsico serĆ” necesaria la licenciatura en Ciencias de la Actividad FĆsica y del Deporte o el correspondiente tĆtulo de grado anĆ”logo.
ArtĆculo 11. Preparador FĆsico.
1. Se considera Preparador FĆsico a todo aquel profesional del deporte que orienta su actividad profesional a la planificaciĆ³n, evaluaciĆ³n y ejecuciĆ³n de ejercicio fĆsico orientado al mantenimiento, desarrollo y recuperaciĆ³n de la condiciĆ³n fĆsica y las capacidades coordinativas de los usuarios de sus servicios, con el objetivo de mejorar su calidad de vida y su salud y prevenir las lesiones especĆficas derivadas de una actividad fĆsica mediante la prescripciĆ³n de actividades y ejercicios fĆsicos adecuados a sus caracterĆsticas y necesidades.
2. La profesiĆ³n de Preparador FĆsico queda estructurada en los siguientes Ć”mbitos:
a) Preparador FĆsico de Rendimiento.
b) Preparador FĆsico de PromociĆ³n de la Salud.
[...]
4. Sin perjuicio de las atribuciones que desarrollen otros profesionales con arreglo a lo dispuesto en la legislaciĆ³n especĆfica reguladora de las profesiones sanitarias, corresponde al Preparador FĆsico de PromociĆ³n de la Salud realizar las funciones descritas en el apartado anterior con individuos o colectivos de poblaciones especiales tales como personas con diversidad funcional y tercera edad, asĆ como la readaptaciĆ³n fĆsico-deportiva de equipos y personas, compitan o no, tras lesiones a travĆ©s del ejercicio fĆsico.
ArtĆculo 17. CualificaciĆ³n necesaria para el ejercicio de la profesiĆ³n de Preparador FĆsico.
Para ejercer la profesiĆ³n de Preparador FĆsico se requiere acreditar una cualificaciĆ³n profesional mediante la posesiĆ³n del Grado en Ciencias de la Actividad FĆsica y del Deporte o licenciatura correspondiente.
ArtĆculo 50. Monitores deportivos.
Se consideran monitores deportivos aquellas personas que, con la titulaciĆ³n exigida conforme a lo dispuesto en la presente ley, desarrollan en el Ć”mbito del deporte, con objetivos vinculados al ocio saludable, la recreaciĆ³n, el turismo o anĆ”logos, no enfocado a la competiciĆ³n deportiva, las siguientes funciones:
a) La instrucciĆ³n e iniciaciĆ³n deportiva.
b) La planificaciĆ³n, direcciĆ³n y supervisiĆ³n de actividades dirigidas a la preparaciĆ³n, expresiĆ³n, mejora o mantenimiento de la condiciĆ³n fĆsica.
c) La supervisiĆ³n y control de la actividad deportiva.
d) La realizaciĆ³n de actividades de formaciĆ³n, animaciĆ³n deportiva, guĆa, acompaƱamiento o anĆ”logas.
ArtĆculo 93. ProfesiĆ³n de monitor o monitora deportivo.
[...]
8. Con independencia de lo dispuesto en los apartados anteriores, para el ejercicio de la profesiĆ³n de monitor o monitora deportivo en actividades deportivas con personas que requieran especial atenciĆ³n en razĆ³n a la edad, capacidad fĆsica y psĆquica, circunstancias sociales o vinculadas a la salud, se exigirĆ”n los tĆtulos de:
a) Grado en Ciencias de la Actividad FĆsica y del Deporte o tĆtulo equivalente con formaciĆ³n complementaria o experiencia adecuada a las necesidades especĆficas de los deportistas.
b) Grado en EducaciĆ³n Primaria con menciĆ³n en EducaciĆ³n FĆsica o tĆtulo equivalente con formaciĆ³n complementaria o experiencia adecuada a las necesidades especĆficas de deportistas cuando sean de edad escolar.
ArtĆculo 10. Preparadora FĆsica/Preparador FĆsico.
La Preparadora FĆsica/Preparador FĆsico es todo aquel profesional del deporte que orienta su actividad profesional al asesoramiento, planificaciĆ³n, diseƱo, evaluaciĆ³n tĆ©cnico-cientĆfica, desarrollo y ejecuciĆ³n de actividades fĆsico-deportivas y ejercicio fĆsico orientado al mantenimiento, desarrollo, mejora, optimizaciĆ³n y recuperaciĆ³n de la condiciĆ³n fĆsica y las capacidades coordinativas de las personas con el objetivo de mejorar su calidad de vida y su salud asĆ como prevenir, reeducar, readaptar y reentrenar a aquellas con lesiones y patologĆas (diagnosticadas y/o prescritas por un mĆ©dico), mediante actividades fĆsico-deportivas y ejercicios fĆsicos adecuados a sus caracterĆsticas y necesidades.
1. La profesiĆ³n de Preparadora FĆsica/Preparador FĆsico queda estructurada en las siguientes especialidades:
Preparadora FĆsica/Preparador FĆsico como especialista en rendimiento fĆsico-deportivo.
Preparadora FĆsica/Preparador FĆsico como educador fĆsico y/o readaptador deportivo.
[...]
3. Sin perjuicio de las atribuciones que desarrollen otros profesionales con arreglo a lo dispuesto en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenaciĆ³n de las profesiones sanitarias, corresponde a la Preparadora FĆsica/Preparador FĆsico como educador fĆsico y/o readaptador deportivo realizar las siguientes funciones:
a) PrevenciĆ³n, asesoramiento, planificaciĆ³n, diseƱo, desarrollo y evaluaciĆ³n tĆ©cnico-cientĆfica del trabajo mediante actividades fĆsico-deportivas y ejercicio fĆsico orientado a la mejora de la calidad de vida y salud de las personas.
b) ReadaptaciĆ³n, reentrenamiento y/o reeducaciĆ³n de personas, grupos o equipos con lesiones y patologĆas (diagnosticadas y/o prescritas por un mĆ©dico), compitan o no, mediante actividades fĆsico-deportivas y ejercicios fĆsicos adecuados a sus caracterĆsticas y necesidades.
c) PreparaciĆ³n, asesoramiento, planificaciĆ³n, desarrollo y evaluaciĆ³n tĆ©cnico-cientĆfica de actividades fĆsico-deportivas y ejercicios fĆsicos orientados a la mejora de la calidad de vida y salud realizado con las siguientes poblaciones que requieren especial atenciĆ³n: mujeres embarazadas o en puerperio, personas mayores y personas con patologĆas y problemas de salud y asimilados.
4. La prestaciĆ³n de los servicios propios de la Preparadora FĆsica/Preparador FĆsico requiere su presencia fĆsica en el desarrollo de las actividades fĆsicas y deportivas con personas pertenecientes a los colectivos de poblaciones especiales indicados en la letra c) del apartado anterior y con menores de edad.
ArtĆculo 16. CualificaciĆ³n necesaria para el ejercicio de la profesiĆ³n de Preparadora FĆsica/Preparador FĆsico.
Para ejercer la profesiĆ³n de Preparadora FĆsica/Preparador FĆsico se requiere estar en posesiĆ³n de la titulaciĆ³n de Licenciatura en Ciencias de la Actividad FĆsica y del Deporte o el correspondiente tĆtulo de Grado que la sustituya.
ArtĆculo 9. Preparadora FĆsica/Preparador FĆsico.
1. Preparadora FĆsica/Preparador FĆsico es toda aquella persona profesional del deporte que orienta su actividad profesional a la planificaciĆ³n, evaluaciĆ³n, desarrollo y ejecuciĆ³n de actividades fĆsico-deportivas y ejercicio fĆsico orientado al mantenimiento, desarrollo, mejora y recuperaciĆ³n de la condiciĆ³n fĆsica y las capacidades coordinativas de la poblaciĆ³n sana. El objetivo serĆ” el de mejorar la calidad de vida y la salud, prevenir y readaptar, una vez superadas las lesiones, mediante actividades fĆsico-deportivas y ejercicios fĆsicos adecuados a sus caracterĆsticas y necesidades.
2. La profesiĆ³n de Preparadora FĆsica/Preparador FĆsico queda estructurada en las siguientes especialidades:
āāEspecialista en Rendimiento FĆsico-Deportivo.
āāEducador fĆsico y readaptador deportivo.
[...]
4. Sin perjuicio de las atribuciones que desarrollen otros profesionales con arreglo a lo dispuesto en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenaciĆ³n de las profesiones sanitarias, corresponde a la Preparadora FĆsica/Preparador FĆsico como Educador FĆsico y/o Readaptador deportivo realizar las siguientes funciones:
a) PrevenciĆ³n, planificaciĆ³n, desarrollo y evaluaciĆ³n tĆ©cnico-cientĆfica del trabajo mediante actividades fĆsico-deportivas y ejercicio fĆsico orientado a la mejora de la calidad de vida y salud de personas sanas.
b) ReadaptaciĆ³n y/o reeducaciĆ³n de personas y equipos, compitan o no, una vez superadas las lesiones, a travĆ©s de actividades fĆsico-deportivas y ejercicios fĆsicos.
c) PreparaciĆ³n, planificaciĆ³n, desarrollo y evaluaciĆ³n tĆ©cnico-cientĆfica de actividades fĆsico-deportivas y ejercicios fĆsicos orientados a la mejora de la calidad de vida y salud realizado con las siguientes poblaciones especiales que requieren especial atenciĆ³n: personas con diversidad funcional, mayores y tercera edad.
5. La prestaciĆ³n de los servicios propios de la Preparadora FĆsica/Preparador FĆsico requiere su presencia fĆsica en el desarrollo de las actividades fĆsicas y deportivas.
ArtĆculo 15. CualificaciĆ³n necesaria para el ejercicio de la profesiĆ³n de Preparadora FĆsica/Preparador FĆsico.
Para ejercer la profesiĆ³n de Preparadora FĆsica/Preparador FĆsico se requiere una cualificaciĆ³n profesional que puede acreditarse mediante tĆtulos de Grado en Ciencias de la Actividad FĆsica y del Deporte, o licenciatura correspondiente.
ArtĆculo 81. CalificaciĆ³n y ejercicio de las profesiones del deporte.
1. En las profesiones ejercidas en el Ć”mbito de la actividad fĆsica y el deporte se diferenciarĆ” entre aquellas dirigidas a la direcciĆ³n deportiva de carĆ”cter tĆ©cnico y aquellas otras directamente enfocadas a la prĆ”ctica por terceros de actividades fĆsicas o deportivas, ya sea con fines de rendimiento, salud, aprendizaje, mejora de la condiciĆ³n fĆsica o recreaciĆ³n.
2. Con el fin de asegurar unas condiciones mĆnimas de seguridad y eficacia, todas las personas que ejerzan la actividad profesional en el Ć”mbito de la actividad y el deporte tendrĆ”n que contar obligatoriamente con la titulaciĆ³n oficial o acreditaciĆ³n de profesionalidad correspondiente en los tĆ©rminos que se establecen en la presente ley.
[...]
6. En el supuesto de que la actividad profesional se realice estrictamente en el Ć”mbito de la preparaciĆ³n, acondicionamiento o rendimiento fĆsico respecto a deportistas y equipos, se exigirĆ” la competencia profesional equiparable a los niveles II y III del Marco EspaƱol de CualificaciĆ³n para la EducaciĆ³n Superior (MECES).
[...]
8. Sin menoscabo de lo expuesto en el apartado 6 de este artĆculo, para el ejercicio de la profesiĆ³n en el Ć”mbito de la actividad y el deporte con objetivos de recreaciĆ³n, de mejora de la preparaciĆ³n y de la condiciĆ³n fĆsica, de aprendizaje deportivo bĆ”sico u otros fines similares, serĆ” necesario acreditar las titulaciones oficiales o certificados de profesionalidad para dichos Ć”mbitos, correspondientes a los estudios reconocidos por el ministerio competente en materia de educaciĆ³n dentro del Marco EspaƱol de CualificaciĆ³n para la familia profesional de actividades fĆsicas y deportivas.
9. El personal profesional de la educaciĆ³n fĆsica, la actividad fĆsica y el deporte en ningĆŗn caso podrĆ” prestar asistencia sanitaria alguna.
ArtĆculo 73. Preparador FĆsico.
1. La actividad profesional de Preparador FĆsico comprende el mantenimiento, desarrollo, mejora, optimizaciĆ³n y recuperaciĆ³n de la condiciĆ³n fĆsica y las capacidades coordinativas de personas.
2. La profesiĆ³n de Preparador FĆsico queda estructurada en las siguientes especialidades:
a) Preparador FĆsico como especialista en rendimiento fĆsico-deportivo.
b) Preparador FĆsico como educador fĆsico y/o readaptador deportivo.
[...]
4. Corresponde al Preparador FĆsico como educador fĆsico y/o readaptador deportivo el anĆ”lisis, planificaciĆ³n, ejecuciĆ³n, control y evaluaciĆ³n de aquellas actividades deportivas y ejercicio fĆsico orientados a la mejora de la calidad de vida y bienestar de las personas.
5. La prestaciĆ³n de los servicios propios del Preparador FĆsico requiere su presencia fĆsica en la ejecuciĆ³n de las actividades fĆsico-deportivas, con la excepciĆ³n del supuesto de prĆ”ctica libre de la actividad fĆsico-deportiva y la prestaciĆ³n de servicios a travĆ©s de plataformas virtuales o de las tecnologĆas de la informaciĆ³n y la comunicaciĆ³n.
ArtĆculo 79. CualificaciĆ³n necesaria para el ejercicio de la profesiĆ³n de Preparador FĆsico.
Para ejercer la profesiĆ³n de Preparador FĆsico se requiere estar en posesiĆ³n de la titulaciĆ³n de grado o licenciatura en Ciencias de la Actividad FĆsica y del Deporte.
Ley Foral 18/2019, de 4 de abril, sobre acceso y ejercicio de las profesiones del deporte en Navarra
ArtĆculo 7. Preparador FĆsico o Preparadora FĆsica.
1. La profesiĆ³n de Preparador FĆsico o Preparadora FĆsica permite realizar funciones de asesoramiento, planificaciĆ³n, diseƱo, evaluaciĆ³n tĆ©cnico-cientĆfica, desarrollo y ejecuciĆ³n de actividades fĆsico-deportivas y ejercicio fĆsico orientado al mantenimiento, desarrollo, mejora, optimizaciĆ³n y recuperaciĆ³n de la condiciĆ³n fĆsica y las capacidades coordinativas de las personas con el objetivo de mejorar su calidad de vida y su salud, asĆ como prevenir, reeducar, readaptar y reentrenar a aquellas con lesiones y patologĆas, mediante actividades fĆsico-deportivas y ejercicios fĆsicos adecuados a sus caracterĆsticas y necesidades, trabajando en colaboraciĆ³n con los profesionales sanitarios y respetando los respectivos Ć”mbitos profesionales.
2. La profesiĆ³n de Preparadora FĆsica o Preparador FĆsico queda estructurada en las siguientes especialidades:
a) Como especialista en rendimiento fĆsico-deportivo.
b) Como educador fĆsico, educadora fĆsica, readaptador deportivo o readaptadora deportiva.
[...]
4. Corresponde al Preparador FĆsico o Preparadora FĆsica como educador fĆsico o readaptador deportivo realizar las siguientes funciones:
a) PrevenciĆ³n, asesoramiento, planificaciĆ³n, diseƱo, desarrollo y evaluaciĆ³n tĆ©cnico-cientĆfica del trabajo mediante actividades fĆsico-deportivas y ejercicio fĆsico orientado a la mejora de la calidad de vida y salud de las personas.
b) ReadaptaciĆ³n, reentrenamiento y reeducaciĆ³n de personas, grupos o equipos con lesiones y patologĆas, compitan o no, mediante actividades fĆsico-deportivas y ejercicios fĆsicos adecuados a sus caracterĆsticas y necesidades, trabajando en colaboraciĆ³n con los profesionales sanitarios y en las condiciones seƱaladas en el apartado 1.
c) PreparaciĆ³n, asesoramiento, planificaciĆ³n, desarrollo y evaluaciĆ³n tĆ©cnico-cientĆfica de actividades fĆsico-deportivas y ejercicios fĆsicos orientados a la mejora de la calidad de vida y salud realizados con las personas que requieren especial atenciĆ³n o con especiales dificultades para la prĆ”ctica fĆsico-deportiva, con patologĆas o problemas de salud, trabajando en colaboraciĆ³n con los profesionales sanitarios y en las condiciones seƱaladas en el apartado 1.
5. La prestaciĆ³n de los servicios propios de la Preparadora FĆsica o Preparador FĆsico requiere su presencia fĆsica en el desarrollo de las actividades fĆsicas y deportivas con personas pertenecientes a los colectivos de poblaciones especiales indicados en la letra c) del apartado anterior y con menores de edad.
6. Para ejercer la profesiĆ³n de Preparadora FĆsica o Preparador FĆsico se requiere estar en posesiĆ³n de la titulaciĆ³n del Grado en Ciencias de la Actividad FĆsica y del Deporte.
ArtĆculo 8. ProfesiĆ³n de monitor o monitora deportiva.
[...]
7. Para el ejercicio profesional en actividades fĆsico-deportivas especĆfica o mayoritariamente dirigidas a personas con discapacidad, problemas de salud o situaciones anĆ”logas, y para no poner en riesgo su salud, serĆ” preciso una cualificaciĆ³n acreditable mediante el grado en Ciencias de la Actividad FĆsica y del Deporte.
Lo anterior se entiende sin perjuicio de las atribuciones que pueden desarrollar otros profesionales con arreglo a la legislaciĆ³n de ordenaciĆ³n de las profesiones sanitarias.
ArtĆculo 9. Preparador fĆsico o preparadora fĆsica.
1. El preparador fĆsico o preparadora fĆsica orienta su actividad profesional al asesoramiento, planificaciĆ³n, diseƱo, evaluaciĆ³n tĆ©cnico-cientĆfica, supervisiĆ³n, vigilancia, desarrollo y ejecuciĆ³n de actividades fĆsico-deportivas y ejercicio fĆsico.
Su actividad profesional consiste en el mantenimiento, desarrollo, mejora, optimizaciĆ³n y recuperaciĆ³n de la condiciĆ³n fĆsica y las capacidades coordinativas de las personas con el objetivo de mejorar su calidad de vida y su salud asĆ como prevenir, reeducar, readaptar y reentrenar a aquellas con lesiones, cronicidades y/o patologĆas diagnosticadas por profesional mĆ©dico.
Para su ejercicio profesional utiliza sistemas, mĆ©todos y medios de entrenamiento junto a pautas de dosificaciĆ³n de las cargas de las actividades fĆsico-deportivas y ejercicios fĆsicos adecuados a las caracterĆsticas y necesidades de cada persona, incluidos la utilizaciĆ³n de instrumentos, maquinaria y equipamiento deportivo.
2. La profesiĆ³n de preparador fĆsico o preparadora fĆsica puede orientarse a las siguientes Ć”reas:
a) Especialista en rendimiento fĆsico-deportivo.
b) EducaciĆ³n fĆsica extracurricular, readaptaciĆ³n deportiva y promociĆ³n de la salud.
[...]
4. Sin perjuicio de las atribuciones que desarrollan otras profesiones de acuerdo con lo que dispone la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenaciĆ³n de las profesiones sanitarias, y sin perjuicio de las prescripciones realizadas por el personal mĆ©dico correspondiente, corresponde al preparador fĆsico o preparadora fĆsica en las Ć”reas de educaciĆ³n fĆsica, readaptaciĆ³n deportiva y promociĆ³n de la salud hacer las funciones siguientes:
a) PrevenciĆ³n, asesoramiento, planificaciĆ³n, diseƱo, individualizaciĆ³n, desarrollo y evaluaciĆ³n tĆ©cnico-cientĆfica del trabajo mediante actividades fĆsico-deportivas y ejercicio fĆsico orientado a la mejora de la calidad de vida y salud de las personas.
b) ReadaptaciĆ³n, reentrenamiento o reeducaciĆ³n de personas, grupos o equipos con lesiones y patologĆas, compitan o no, mediante actividades fĆsico-deportivas y ejercicios fĆsicos adecuados a sus caracterĆsticas y necesidades.
c) PreparaciĆ³n, asesoramiento, planificaciĆ³n, desarrollo y evaluaciĆ³n tĆ©cnico-cientĆfica de actividades fĆsico-deportivas y ejercicios fĆsicos orientados a la mejora de la calidad de vida y salud realizado con poblaciones que requieren especial atenciĆ³n como personas con diversidad funcional, mujeres embarazadas o en puerperio, personas mayores y menores de edad, personas con patologĆas y problemas de salud diagnosticados por personal mĆ©dico.
ArtĆculo 15. FormaciĆ³n necesaria para el ejercicio de la profesiĆ³n de preparador fĆsico o preparadora fĆsica.
Para ejercer la profesiĆ³n de preparador fĆsico o preparadora fĆsica se requiere estar en posesiĆ³n de la titulaciĆ³n de Grado en Ciencias de la Actividad FĆsica y del Deporte o licenciatura correspondiente.